Higinio Cuartero Cuartero [AB-1537]


Higinio Cuartero Cuartero (de profesión bracero)
era natural de La Gineta (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Higinio son:

Apodo: 
"El quintairo"
Edad: 
69
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Viudo/a
Residencia: 
Balazote (Albacete)
Filiación sindical: 
UGT (desde mayo de 1937)
Cargo público: 
Alcalde y Primer Teniente de Alcalde durante la guerra. Vocal del Comité de Fincas Incautadas
Actividad en la guerra: 
Los informes le señalan como fundador de la Casa del Pueblo de Balazote (Albacete), cosa que niega. Vocal del Comité Local del Socorro Rojo Internacional
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central "La Loma" de Hellín (Albacete) desde el 2 de septiembre de 1941 / Prisión Celular de Valencia desde el 21 de septiembre de 1942
Inicio de la condena: 
12/06/1939
Fin de la condena: 
03/12/1941
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 27 de mayo de 1941, haciéndose firme la sentencia el 26 de marzo de 1942. Dejaría extinguida la pena el 9 de junio de 1951. Pasó a situación de prisión atenuada el 3 de diciembre de 1941 por tener más de 60 años de edad. En algún momento de 1942, que no consta con precisión, debió reingresar el penado en la prisión de Hellín, siendo trasladado a la Celular de Valencia el 21 de septiembre de ese año, de donde fue liberado el día 27 siguiente, condicionalmente. Se aprobó el licenciamiento definitivo de su pena el 10 de febrero de 1952.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 6045-40 (Albacete)
Sentencia: 
12 años y 1 día de reclusión menor

Observaciones*: 
Detenido en 1934 por su participación en la huelga revolucionaria del mes de octubre. Miliciano y organizador de las milicias de su localidad de residencia, Balazote.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15077/1

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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