Herminio Jiménez Fernández [AB-4218]


Herminio Jiménez Fernández (de profesión limpiabotas)
era natural de Albacete.

Prisión


Otros datos que tenemos de Herminio son:

Apodo: 
"El mueso"
Edad: 
42
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Albacete
Filiación sindical: 
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión de Partido de Hellín (Albacete) / Prision Provincial de Albacete/ Prisión Central de San Miguel de los Reyes (Valencia)
Inicio de la condena: 
29/04/1939
Fin de la condena: 
06/08/1946
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 1 de agosto de 1942, haciéndose firme la sentencia tras la conmutación el 7 de enero de 1943. Empieza a cumplir la pena por la segunda de las condenas el 5 de junio de 1940. Dejaría extinguida la pena el 28 de mayo de 1970. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 30 de julio de 1946. Fue excarcelado el 6 de agosto siguiente.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 7536-40 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
Miliciano armado en Albacete en los primeros momentos de la guerra. Miembro del Batallón "25 de Julio". Ingresó luego en el Cuerpo de Carabineros, llegando a Sargento. Procesado como posible integrante de "saca" de la prisión de Albacete, en septiembre del 36. Fue recuído en la prisión provincial de Albacete el 29 de abril de 1939, abriéndosele proceso (Causa nº 7074-40, Albacete) que culminó con su comparecencia ante un consejo de guerra que lo condenó a 6 años y 1 día de prisión mayor por un delito de "auxilio a la rebelión". En relación a este procedimiento se le concedió la prisión atenuada el 5 de abril de 1941, no poniéndosele en libertad por estar pendiente de responsabilidad en el sumario nº 7536-40 (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15159/7).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15194/4

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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