Lugar de muerte o condena:
Tapias del cementerio de Albacete
Circunstancias:
Se celebró un consejo de guerra previo, el día 16 de abril de 1940, que lo condenó por el mismo delito de "adhesión a la rebelión" a 30 años de reclusión mayor, pero la sentencia no se hizo firme, devolviéndose las actuaciones al Juez Instructor para la ampliación de las indagaciones. Reunidos los nuevos informes, el nuevo consejo se reunió el día 7 de octubre de 1942, emitiendo el fallo que consta en el apartado correspondiente. Se hizo ejecutoria la sentencia el 9 de noviembre de 1942.
Tribunal:
Causa nº 7038-40 (Albacete)
Observaciones*:
Inscrito por orden del Comandante Militar. Ejecutado a las 06:00 horas. Enterrado en la fosa común, patio 1º fila 18 número 5. Trasladado al Osario
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15156/8 / Manuel Ortiz Heras, Violencia, conflictividad y justicia en la provincia de Albacete (1936-1950), 1994 / Libro del Cementerio de Albacete
Investigadores:
Manuel Ortiz Heras / Yolanda López y Mercedes Galiana / Lucía Crespo Jiménez