Filiación sindical:
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
En prisión atenuada desde noviembre del 41. No concurrió al consejo de guerra por haber sido conformado con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, quedando además en situación de libertad condicional al ser ésta inferior a 14 años, 8 meses y 1 día. Indultada la pena en virtud de Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha de 20 de octubre de 1952
Tribunal:
Causa nº 5881-40 (Albacete)
Sentencia:
3 años y 1 día de prisión menor
Observaciones*:
En el registro bautismal se le puso el nombre de Pablo Tiburcio, pero de uso común siempre se le denominó Francisco.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15064/1