Filiación sindical:
UGT (desde junio de 1936)
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 18 de octubre de 1939. Se celebró un primer consejo de guerra, el 8 de abril de 1940, que lo condenó como autor de un delito de "excitación a la rebelión" a 1 año y 1 día de prisión menor, pero la sentencia no se ratificó. Se repitió el consejo el 18 de abril del 41, con la misma pena, pero distinto delito ("auxilio a la rebelión"). Se hizo firme la sentencia el 18 de abril de 1941. Se considera cumplida con exceso, pues habría quedado extinta el 20 de julio de 1940.
Tribunal:
Causa nº 3315-39 (Albacete)
Sentencia:
1 año y 1 día de prisión menor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14850/3