Filiación sindical:
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 13 de marzo de 1942, haciéndose firme la condena tras la conmutación, el 29 de julio de 1943. Dejaría extinguida la pena el 17 de enero de 1970. Se le concedió la libertad condicional el 25 de diciembre de 1945. Fue indultado, conforme al Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 14 de febrero de 1946.
Tribunal:
Causa nº 6251-40 (Albacete)
Sentencia:
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Acusado de informar a las milicias del paradero de Julio Medina Ruiz, que se encontraba escondido, en agosto de 1936. Dicho señor fue juzgado por el Tribunal Popular y condenado a 30 años de reclusión, siendo asesinado en la saca de la cárcel, en septiembre de aquel citado año.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15094/1