Francisco García-Consuegra Margotón [AB-3069]


Francisco García-Consuegra Margotón (de profesión maestro nacional)
era natural de Daimiel (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Francisco son:

Edad: 
59
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Liétor (Albacete)
Partido: 
Izquierda Republicana
Filiación sindical: 
Fed. Esp. Trabajadores Enseñanza (UGT), durante la guerra
Actividad en la guerra: 
Secretario de Izquierda Republicana en Liétor (Albacete) y Delegado en el Socorro Rojo Internacional.
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete / Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Prisión Central de Hellín (Albacete)
Inicio de la condena: 
11/04/1940
Fin de la condena: 
29/03/1941
Circunstancias: 
Escuela Nacional de Liétor. En prisión atenuada desde el 29 de marzo de 1941. Se celebró el consejo de guerra el 30 de julio siguiente, haciéndose firme la sentencia el 19 de septiembre. Dejaría extinguida la pena el 8 de abril de 1952. Tras la celebración del consejo se hizo efectiva su situación de prisión atenuada, no reingresando en prisión. Pasó a libertad condicional el 17 de diciembre de 1942. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 15 de marzo de 1946.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 7989-41 (Albacete)
Sentencia: 
12 años y 1 día de reclusión menor / Depuración ACTA: 5.6/5/40. COM: 11, 425, 3.1/8/41

Observaciones*: 
Denunciado porque, supuestamente, había festejado la muerte del General Mola en el Casino de La Constancia de Letur, así como por haber orquestado un mitin de propaganda republicana con motivo del aniversario del comunismo en Rusia y haber participado en colectas a benificio del frente.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15230/15 / Sara Ramos Zamora, "La represión del Magisterio: Castilla-La Mancha, 1936-1945" / Archivo General de la Administración, legajo nº 8/45626

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez / SEFT


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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