Cargo público:
Concejal del Ayuntamiento de Pétrola (Albacete)
Actividad en la guerra:
Presidente de la CNT de Pétrola (Albacete), desde finales de 1938 / Presidente de la colectividad instalada en la finca de la viuda de Agustín González
Lugar de muerte o condena:
Prisión Celular de Valencia / Prisión Central de Chinchilla / Prisión Central de La Loma (Hellín) / Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Sometido a un primer consejo de guerra y condenado a 20 años de reclusión menor, no se ratificó la sentencia, volviéndose a celebrar el juicio sumarísimo el 10 de diciembre de 1942, con el resultado que consta en el apartado correspondiente. Se hizo firme la sentencia el 16 de enero de 1943. Dejará extinguida la pena el 26 de abril de 1954. En libertad condicional con destierro desde julio de 1943.
Sentencia:
14 años, 8 meses y 1 día de reclusión menor
Observaciones*:
Miliciano armado al inicio de la guerra
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15029/7