Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete / Prisión de Partido de Chinchilla (Albacete) / Prisión Provincial de Tarragona / Prisión de Mujeres de Barcelona, de donde fue trasalada al Hospital de San Pablo de dicha capital, donde falleció.
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 30 de mayo de 1939, haciéndose firme la sentencia el 17 de junio siguiente. Dejaría extinguida la pena el 23 de abril de 1951. Se le conmutó la pena original por la de 6 años y 1 día, conmutación que se hizo firme el 31 de enero de 1944. Quedaría, en consecuecia, la pena a extinguir el día 21 de abril de 1945.
Tribunal:
Causa nº 588-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión temporal. Conmutada por la de 6 años y 1 día de prisión mayor
Observaciones*:
Miliciana en Albacete, trabajó como tal en las fábricas destinadas a la fabricación de material de guerra que había instaladas en el Parque de Automovilismo y en Aviación. Denunciada por Luis Esteban García por haber sido testigos de cargo ante el Tribunal Popular que lo juzgó y condenó a 12 años de prisión por su apoyo a la sublevación.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14544/12