Ezequiel Martín-Macho López de la Torre [TO-2751]


Ezequiel Martín-Macho López de la Torre (de profesión factor madrid-zaragoza-alicante)
era natural de Almonacid y murió el día 10/11/1939.

Muerto en cumplimiento de sentencia


Otros datos que tenemos de Ezequiel son:

Edad: 
30
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Cargo público: 
Dirigente local del PSOE
Lugar de muerte o condena: 
Toledo
Circunstancias: 
Ejecutado
Tribunal: 
Sumario 16.012

Observaciones*: 
Miembro del Sindicato Nacional Ferroviario de la UGT y afiliado a la JS de Toledo desde 1934 y a la AS desde 1936. Formó parte de la Comisión Ejecutiva de la Federación Provincial Socialista de Toledo. Durante la guerra civil estuvo en Madrid prestando servicio en la Estación de Algodor-Aranjuez (Madrid) y posteriormente en Almonacid (Toledo) donde trabajó en el ayuntamiento como encargado de la colectividad agraria. Más tarde se trasladó a Alcázar de San Juan (Ciudad Real) para trabajar en la Comisión de Estaciones y Transportes Ferroviarios con la graduación de teniente. Finalizada la guerra fue detenido, a los 39 años, el 14 de abril de 1939 e internado en la prisión provincial de Toledo siendo condenado a muerte en Consejo de Guerra celebrado en dicha localidad el 25 de junio siguiente y fusilado el 10 de noviembre de ese año. Enterrado cementerio municipal. Hermano de Malaquías Martín-Macho López de la Torre.

Fuentes: 
Isabelo Herreros, Presidente de la Asociación Manuel Azaña (entrevista oral). Archivo General e Histórico de Defensa Archivo General de la Administración (Prisiones).

Investigadores: 
José María Ruiz Alonso / SEFT. Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero).


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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