Evencio Luján González [AB-4951]


Evencio Luján González (de profesión carretero)
era natural de Pozo Cañada (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Evencio son:

Apodo: 
"Lerroux"
Edad: 
29
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Pozo Cañada (Albacete)
Partido: 
PCE (desde octubre-noviembre de 1936)
Filiación sindical: 
UGT (desde marzo de 1936)
Lugar de muerte o condena: 
Diferentes cárceles (ver observaciones)
Inicio de la condena: 
17/09/1939
Fin de la condena: 
24/10/1944
Circunstancias: 
Convocado a comparecer a través del Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, fue conducido a Albacete desde el depósito municipal de Salas de los Infantes (Burgos), donde se encontraba detenido. Se celebró un primer consejo de guerra en Albacete, el día 15 de junio de 1940 con idéntica sentencia, aunque ésta no fue ratificada. Ampliadas las diligencias, se repitió el consejo el día 17 de marzo de 1941, cuyo veredicto se hizo firme tras la conmutación de la pena de muerte, el 12 de agosto de 1941. Dejaría extinguida su pena el 9 de septiembre de 1969. La segunda conmutación a 20 años y 1 día, fue ratificada ael 2 de noviembre de 1943, por lo que la pena extinguiría el día 12 de septiembre de 1969. En libertad condicional desde octubre de 1944. Dejó definitivamente cumplida la pena el 8 de febrero de 1947 por Decreto de Indulto de 9 de octubre de 1945, concediéndosele el licenciamiento con efectos retroactivos el 26 de septiembre de 1958.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 4682-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor y nuevamente conmutada en 1943 por la de 20 años y 1 día reclusión mayor

Observaciones*: 
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra, hizo frente a las fuerzas sublevadas en la pedanía albaceteña de Pozo Cañada, tomando parte en el asalto al cuartel de la Guardia Civil. Fue detenido por los sublevados e ingresado en la prisión de Albacete, siendo liberado cuando las fuerzas leales recuperaron la capital manchega. Además, se le acusa de haber ejercido como testigo de cargo en el juicio contra los guardias civiles rebeldes que se siguió en el Tribunal Popular de Albacete, que condenó a muerte a tres de ellos, cumpliéndose la sentencia en dos. Estuvo preso en el Depósito Municipal de Salas de los Infantes (Burgos) / Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Reformatorio de Adultos de Ocaña (Toledo) desde el 19 de noviembre de 1941 / Prisión Central de Almadén (Ciudad Real) desde el 21 de enero de 1943 / Prisión Central de Alcalá de Henares (Madrid), desde el 10 de mayo de 1943 / Destacamento Penal de Trabajadores de Chozas de la Sierra (Madrid) desde el 26 de mayo de 1943 / Prisión Provincial de Conde de Peñalver (Madrid) desde el 11 de junio de 1943 / 3ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 9 de agosto de 1943 / Hospital Penitenciario de Yeserías (Madrid) desde el 6 de noviembre de 1943 / Prisión Central de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 29 de marzo de 1944 / 3ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas de Talavera de la Reina (Toledo) desde el 20 de abril de 1944

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14960/8

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

¿Quieres proporcionarnos información sobre esta persona?
Escríbemos a: info@victimasdeladictadura.es