Circunstancias:
En prisión atenuada desde el 5 de febrero de 1940. No se celebró consejo de guerra al mostrar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 28 de julio de 1943. Cumplida la pena, que quedaría extinguida el 24 de junio de 1940, con exceso.
Tribunal:
Causa nº 5790-39 (Albacete)
Sentencia:
6 meses y 1 día de prisión menor
Observaciones*:
Procesado por prestar servicios como Guardia de Asalto durante la guerra y haber denunciado, supuestamente, a Ángel Sánchez Arés.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15057/4