Residencia:
Peñas de San Pedro (Albacete)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Provincial de Valladolid (hasta abril de 1942) / Prisión Provincial de Lérida (abril 1942 - agosto 1943)
Circunstancias:
La sentencia se hizo firme el 22 de diciembre de 1939 y la conmutación el 26 de mayo del 44. Dejará extinguida la pena el 18 de abril de 1947. En libertad condicional desde agosto de 1943. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 19 de octubre de 1946.
Tribunal:
Causa nº 1259 (Chinchilla)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor. Conmutada por la de 8 años de prisión mayor
Observaciones*:
Acusado de exigir dinero y víveres, y destruir la iglesia de Solana. A su salida de la cárcel quedó desterrado en Cieza (Murcia).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14627/3
Investigadores:
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz