Cargo público:
Presidente del Frente Popular de Letur (Albacete).
Lugar de muerte o condena:
Prisión Celular de Valencia
Circunstancias:
Se hizo firme la pena el 6 de febrero de 1943. Dejará extinguida la pena el 3 de abril de 1969. En libertad condicional desde el 15 de diciembre de 1945. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 2 de enero de 1946.
Sentencia:
30 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Se le acusa de ser uno de los más destacados dirigentes marxistas de Letur (Albacete), y de haber llevado a dicha localidad milicias forasteras que tomaron parte en detenciones y desrtuyeron la iglesia parroquial. Durante su mandato como Presidente del Frente Popular en Letur Inscrito por ordenó detenciones. Vocal del Comité de Control de la Casa Cullell en Albacete. Al salir de prisión se estableció en Madrid.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14489/8