Edelmira Fernández Fajardo [AB-2080]


Edelmira Fernández Fajardo (de profesión camarera)
era natural de Albacete.

Prisión


Otros datos que tenemos de Edelmira son:

Apodo: 
"La chata"
Edad: 
26
Sexo: 
Mujer
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Albacete
Filiación sindical: 
UGT (durante la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión de Partido de Chinchilla (Albacete) / Prisión Provincial de Bilbao
Inicio de la condena: 
10/04/1939
Fin de la condena: 
06/11/1940
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 9 de mayo de 1939 haciéndose firme la sentencia el día 22 de aquel mismo mes y año. Dejaría extinguida la pena el 13 de abril de 1969. El autditor de guerra acordó conceder los beneficios de la prisión atenuada a Edelmira Fernández el dia 17 de octubre de 1940, haciéndose efectiva el 6 de noviembre siguiente. La conmutación a un año y medio de prisión menor se hizo efectiva el 7 de junio de 1943 y, consecuentemente, la pena habría quedado cumplida con exceso (cumpliría el 10 de octubre de 1940). Con carácter retroactivo, el 31 de julio de 1944, se le otorgó el licenciamiento definitivo de la pena con la mencionada fecha de 10 de octubre de 1940.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 255-39 (Albacete)
Sentencia: 
30 años de reclusión mayor. Conmutada por la de 1 año y 6 meses de prisión menor

Observaciones*: 
Camarera en el bar "La Gracia Oculta", se unió al ejército popular en agosto del 36, actuando en el frente de Córdoba, sector de Pozoblanco. De regreso en Albacete sirvió en el Parque de Automovilismo, al frente de un coche-grúa. Fue, por tanto, miliciana y así recalca la sentencia que "usó mono y pistola". Al salir de prisión fijó su residencia en Zaragoza, calle del Comandante Repollés, número 18, primero izquierda.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14486/13

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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