Domingo Ruiz Casas [AB-7262]


Domingo Ruiz Casas (de profesión dependiente de comercio)
era natural de Madrid.

Prisión


Otros datos que tenemos de Domingo son:

Edad: 
27
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Madrid
Partido: 
PCE (desde diciembre de 1936)
Filiación sindical: 
UGT (desde 1931)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete / Depósito de Concentración de Prisioneros "Miguel de Unamuno" / Prisión Provincial de Albacete tras un periodo de libertad vigilada / Prisión Central de Hellín (Albacete)
Inicio de la condena: 
12/08/1939
Fin de la condena: 
19/07/1943
Circunstancias: 
Las diligencias referentes al encartado en la Causa nº 7-39 (Albacete) fueron desglosadas del mismo e incorporadas al proceso nº 3041-39 (Albacete). Aunque en relación a dicho sumario se le concedió la prisión atenuada el 23 de noviembre de 1940, ésta no se hizo efectiva por estar sujeto también al procedimiento nº 1259-39 (Chinchilla). Aunque no tenemos documento que indique la fecha exacta, fue puesto en libertad vigilada en algún momento entre ese momento y febrero del 41, en que reingresó en prisión para comparecer ante el consejo de guerra que lo juzgaría por el procedimiento 3401-39 (Albacete). En libertad condicional desde el 19 de julio de 1943. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 29 de agosto de 1946.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 3401-39 (Albacete) y Causa nº 1259 (Chinchilla)
Sentencia: 
14 años, 8 meses y 1 día de reclusión menor

Observaciones*: 
Delegado Político de Compañía y luego Comisario Político de Compañía.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14859/1 y Caja 14627/3

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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