Filiación sindical:
Sindicato Nacional Ferroviario (UGT), desde 1931
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 17 de junio de 1942. Se hizo ejecutoria la sentencia el 27 de julio de 1942. Dejaría extinguida su pena el 16 de julio de 1969. En libertad condicional desde el 26 de diciembre de 1945. Se le concedió el indulto, conforme al Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 13 de enero de 1947.
Tribunal:
Causa nº 3381-39 (Albacete)
Sentencia:
30 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Formó parte de las milicias ferroviarias de Albacete.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14856/1