Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la libertad provisional el 12 de febrero de 1940. No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 30 de septiembre de 1942. Dejaría extinguida la pena el 4 de diciembre de 1941, cumplida, por tanto, con exceso.
Tribunal:
Causa nº 6116-40 (Albacete)
Sentencia:
6 meses y 1 día de prisión menor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15083/8