Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
La sentencia se hizo firme el 19 de junio de 1942 y la conmutación el 11 de julio de 1944. Dejará extinguida la pena el 26 de marzo de 1959. En libertad condicional desde noviembre del 45, con la accesoria de destierro. Indultada en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 12 de enero de 1946.
Tribunal:
Causa nº 7644-40 (Albacete)
Sentencia:
30 años de reclusión mayor. Conmutada por la de 20 años de reclusión menor
Observaciones*:
Miliciana armada al principio de la guerra, se destacó especialmente en la propaganda de la causa republicana. Desempeñó luego servicios como enfermera en el Hospital Provincial de Albacete, donde se le acusa de haber organizado una cédula comunista. Más adelante trabajó en una fábrica de bombas que las Brigadas Internacionales habían instalado en el barrio de San Antón. En cuanto a su procesamiento, se le acusa de haber intervenido destacadamente en la saca de la prisión provincial el 22 de septiembre de 1936, aunque las acusaciones resultan inconsistentes a decir del propio tribunal. Al salir de la cárcel fijó su residencia en Ribatejada (Madrid).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15202/4