Filiación sindical:
UGT (desde mediados de 1937)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Central de Mujeres de Gerona
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 5 de septiembre de 1939, haciédose firme la sentencia el 14 de octubre siguiente. Dejaría extinguida la pena el 12 de mayo de 1951. Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 21 de agosto de 1940, al informar favorablemente de la propuesta de conmutación de su pena por una inferior a seis años la comisión correspondiente, siendo excarcelada el día 27 de agosto de 1940. Finalmente le fue conmutada la pena original por la de 6 años de prisión menor (firme el 8 de marzo de 1944).
Tribunal:
Causa nº 1535-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor. Conmutada por la de 6 años de prisión menor
Observaciones*:
Procesada por su actuación como miliciana en los primeros momentos de la guerra, se le acusa también de haber tomado parte, en marzo de 1936, en la destrucción de la iglesia de San José de Albacete.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14659/14