Augusto Palacios Talavera [TO-3222]


Augusto Palacios Talavera (de profesión jornalero)
era natural de Calera y Chozas y murió el día 08/02/1941.

Muerto en cumplimiento de sentencia


Otros datos que tenemos de Augusto son:

Edad: 
28
Sexo: 
Hombre
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Talavera de la Reina
Circunstancias: 
Ejecutado

Observaciones*: 
Hijo de Fermín y Luisa. Miembro de la Sociedad de Agricultores de Calera (FNTT-UGT) desde 1931. Activo militante socialista, al producirse el golpe de Estado del 18 de julio de 1936, se alistó como voluntario en el Batallón de Milicias de Talavera del Tajo, comandado por Moisés Gamero de la Fuente, el día 5 de agosto de ese año. Tras la caída de Talavera, pasó con este batallón al Regimiento de Milicias "El Socialista" en Madrid (2º Batallón, 3ª Compañía). Tras la militarización de las milicias fue soldado del Ejército Popular durante el resto de la Guerra Civil. Fue detenido el 17 de abril de 1939 al regresar a Calera y Chozas. Junto a la inmensa mayoría de presos republicanos del municipio, fue encarcelado en la prisión de Talavera de la Reina el 1 de septiembre de 1939. De allí fue trasladado a Toledo, para ser juzgado por el Consejo de Guerra Permanente de la ciudad en el Palacio de la Diputación Provincial, el 17 de octubre de 1940, siendo condenado a muerte por "adhesión a la rebelión militar". Al amanecer del 8 de febrero de 1941, fue fusilado en Talavera de la Reina, a los 28 años de edad.

Fuentes: 
José Manuel Sabín (Registro Civil). Archivo General e Histórico de Defensa.

Investigadores: 
José María Ruiz Alonso / SEFT / Adrián Sánchez Castillo. Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero).


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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