Arturo Aceta Gaspar [AB-29]


Arturo Aceta Gaspar (de profesión ferroviario)
era natural de Socuéllamos (Ciudad Real) y murió el día 22/05/1940.

Muerto en cumplimiento de sentencia


Otros datos que tenemos de Arturo son:

Apodo: 
"Mata curas"
Edad: 
32
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
PSOE
Actividad en la guerra: 
Secretario de la Casa del Pueblo de Albacete
Lugar de muerte o condena: 
Tapias del Cementerio de Albacete
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 977-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte

Observaciones*: 
Capitán de las milicias ferroviarias de Albacete en los primeros momentos de la guerra. Sargento y Teniente del Batallón de Obras y Fortificaciones número 17. Vocal suplente del primer Tribunal Popular que se constituyó en Albacete en agosto de 1936. Voluntario del ejército republicano desde el 11 de julio de 1937 hasta el fin de la guerra. El día 30 de marzo de 1939 se presentó en la plaza de toros de Utiel (Valencia), fue detenido e ingresado en el campo de concentración de Salinas de Medinaceli (Soria). El 9 de mayo fue trasladado a Madrid (cárcel de Torrijos), de paso hacia la prisión de Albacete. Casado con Argentina Arias Fernández. Inscrito por orden del Comandante Militar. Ejecutado a las 05:30 horas. Enterrado en la fosa general, patio 3º fosa 6 número 8. Exhumado el 24/05/1940 a fosa común patio 3º fila 10 número 5. Trasladado al Osario

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14595/10 / Manuel Ortiz Heras, Violencia, conflictividad y justicia en la provincia de Albacete (1936-1950), 1994 / Libro del Cementerio de Albacete

Investigadores: 
Manuel Ortiz Heras / Yolanda López y Mercedes Galiana / Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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