Filiación sindical:
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Detenido en noviembre de 1939, se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 20 de enero de 1940. El 29 de julio de ese mismo año, fue nuevamente detenido por los agentes de la Comisaría de Investigación y Vigilancia, tras la denuncia de Agustín Cabezuelo Sánchez. Quedó en libertad tras la concesión de los beneficios de la prisión atenuada, el 24 de octubre de 1941. Pasó a situación de libertad condicional el 27 de octubre de 1943. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 15 de noviembre de 1946.
Tribunal:
Causa nº 5308-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor
Observaciones*:
Voluntario en el Cuerpo de Carabineros.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15018/3