Actividad en la guerra:
Presidente provisional de la Casa del Pueblo en Los Anguijes desde noviembre de 1937.
Lugar de muerte o condena:
Prisión Prov. Albacete 24/04/1939 / Prisión Nueva de Cáceres 12/02/1940 / Prisión de Partido de Valencia de Alcántara 13/12/1940 / Prisión Prov. Cáceres 19/11/1941 / Colonia Penitenciaria del Dueso (Santoña, Santander) 25/11/1941
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 12 de agosto de 1939, haciéndose firme la sentencia el día 23 del mismo mes y año. Dejaría extinguida la pena el 21 de abril de 1951. En libertad condicional desde el 15 de diciembre de 1942. Se acordó el licenciamiento definitivo del penado para el día 21 de abril del 51.
Tribunal:
Causa nº 817-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor
Observaciones*:
Procesado por sus antecedentes político-sociales y por habérsele encontrado un revólver en perfecto estado de funcionamiento en un registro efectuado en su domicilio después de la publicación del bando declarativo del Estado de Guerra.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14577/11