Antonio Domenech Jiménez [AB-1849]


Antonio Domenech Jiménez (de profesión maderero)
era natural de Reolid (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Antonio son:

Edad: 
21
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
El Horcajo (Albacete)
Partido: 
PCE (durante la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central de Santa Isabel de Santiago de Compostela
Inicio de la condena: 
29/08/1939
Fin de la condena: 
23/01/1946
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 3 de noviembre de 1941, haciéndose firme la sentencia el 31 de diciembre siguiente. Dejaría extinguida su pena el 20 de agosto de 1969. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha 16 de enero de 1946.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 5300-39 (Albacete)
Sentencia: 
30 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
Al producirse la sublevación se encontraba trabajando en la aldea de Calabazas, en Albacete, donde continuó hasta el mes de septiembre de 1936, en que marchó a Madrid para alistarse como voluntario en el ejército republicano hasta el final de la guerra, sirviendo en un batallón de trabajadores primero y luego encruadrándose en un batallón del 5º Regimiento en el frente de Madrid. Tras sufrir enfermedad que le obligó a internarse en un hospital durante 5 meses, reingresó en la 100 Brigada como cabo, marchando al frente de Teruel, donde resultó herido, ascendiendo por mérito de guerra a Sargeto. Pasó su convalecencia en el hosiptal de Uclés (Cuenca), desde donde salió destinado al Cuadro Eventual de madrid, ascendiendo a Teniente por antiguedad y siendo enviado al frente de Guadalajara, a la 50 Brigada Mixta, 199 Batallón, donde le sorprendió el final de la guerra. El día 28 de marzo de 1939 se presentó ante las nuevas autoridades y fue internado en el campo de prisioneros de Puebla de Beleña (Guadalajara), Cogolludo (Guadalajara) y seguidamente al de Medinaceli (Soria).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15017/8

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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