Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 12 de abril de 1943, haciéndose firme la sentencia el 17 de mayo de aquel año. Dejará extinguida la pena el 26 de julio de 1969. En libertad condicional desde el 4 de abril de 1946. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 5 de mayo de 1948.
Tribunal:
Causa nº 3135-39 (Albacete)
Sentencia:
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra, se le acusa de haber participado en la toma de Albacete. Al salir de la cárcel fijó su residencia en Minas dde Hellín (Albacete).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14832/7
Investigadores:
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz