Ángel García Pérez [AB-2906]


Ángel García Pérez (de profesión cordelero)
era natural de Abengibre.

Prisión


Otros datos que tenemos de Ángel son:

Edad: 
32
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Filiación sindical: 
UGT
Cargo público: 
Concejal. Presidente de la UGT. Integrante del Comité del Frente Popular
Inicio de la condena: 
07/06/1940
Fin de la condena: 
29/08/1942
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa 7276-40 (Casas Ibáñez) y Causa 182-45 (Albacete)
Sentencia: 
Ocho años

Observaciones*: 
Acusado de ser miliciano armado, por sus cargos políticos y de destrucción de Iglesias, detenciones y saqueos. Aunque cuando se produjeron las destrucciones de objetos religiosos el acusado no estaba en el pueblo. El consejo de guerra del 6 de febrero de 1942 le condenó a ocho años. Había salido en prisión atenuada el 14 de febrero de 1941, aunque volvió a reingresar en prisión el 22 de abril del mismo año. Salió en libertad condicional el 29 de agosto de 1942 y en definitiva por indulto (Decreto de 9 de octubre de 1945) el 28 de noviembre de 1946. El 21 de marzo de 1945 fue detenido en Albacete y se le abrió nuevo expediente (Causa 182-45), aunque fue puesto en libertad el 24 de abril del mismo año y la causa quedó sobreseída.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa 15174/8 y Archivo General e Histórico de Defensa 14469/5

Investigadores: 
Julián Vadillo Muñoz


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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