Andrés Cuesta López [AB-1621]


Andrés Cuesta López (de profesión bracero)
era natural de La Gineta (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Andrés son:

Apodo: 
"Mentira fresca"
Edad: 
24
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
La Gineta (Albacete)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial Albacete (PPA) / Colonia Penitenciaria Militarizada Dos Hermanas (Sevilla) 29/02/1940 / PPA 06/01/1941/ Prisión Habilitada San Vicente (Albacete) 21/05/1941/ PPA 17/09/1942/ Destacamento Penal Villatoya 03/12/1942 / PPA 01/06/1943
Inicio de la condena: 
28/04/1939
Fin de la condena: 
20/07/1943
Circunstancias: 
Empezó a cumplir condena por la segunda pena, recaída en el procedimiento nº 3388-39 (Albacete), el 25 de abril de 1945, la cual extinguió definitivamente el 24 de abril de 1951. Se le concedió la libertad condicional el 16 de julio de 1943, siendo excarcelado el siguiente día 20.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 3444-39 (Albacete)
Sentencia: 
12 años y 1 día de reclusión menor. Conmutada por la de 6 años de prisión menor

Observaciones*: 
Encartado también en el sumarísimo nº 3388-39 (Albacete), en virtud del cual fue condenado a 6 años y un día de prisión menor por "auxilio a la rebelión". Se celebró el consejo de guerra el 17 de mayo de 1941, haciéndose firme la sentencia el 15 de diciembre siguiente. Dejaría extinguida la pena el 26 de abril de 1945 (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14857/3). En 1944 se vio inmerso también en el procedimiento nº 737-44 (Albacete) instruido por "proferir frases en contra del actual Régimen". Cuando se inició el sumario se encontraba en situación de libertad condicional. Finalmente la causa, insuficientemente acreditados los cargos, fue sobreseida.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14863/5

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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