Amparo Beltrán Mateos [AB-620]


Amparo Beltrán Mateos (de profesión modista)
era natural de Albacete.

Prisión


Otros datos que tenemos de Amparo son:

Apodo: 
"La Beltrana"
Edad: 
22
Sexo: 
Mujer
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
PCE
Actividad en la guerra: 
Dirigente de las Mujeres Antifascistas
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete
Inicio de la condena: 
04/08/1939
Fin de la condena: 
13/02/1947
Circunstancias: 
Se hizo firme la setencia el 18 de noviembre de 1940. Dejará extinguida la pena el 26 de julio de 1969. Indultada en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 7 de febrero de 1947.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 2546-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de prisión mayor

Observaciones*: 
Miliciana armada al principio de la guerra, se la pudo ver ataviada con el mono propio de este colectivo. Se le acusa de haber denunciado ante unos milicianos a tres falangistas de Mahora (Albacete) que resultaron poco después asesinados. Se la considera exaltada defensora y propagandista de la causa republicana, pues cuando se anunciaba alguna victoria de este bando adornaba sus balcones con letreros y banderas. En los primeros días de la guerra fue enfermera y también trabajó en la fábrica bombas. Trabajó también para el Socorro Rojo Internacional haciendo varias postulaciones para el mismo. Dirigente de las Mujeres Antifascistas. Se critica su moralidad por irreligiosa, tomando como apunte de tal consideración el hecho de que se encontraba embarazada en el momento de su detención e ingreso en prisión.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14774/1

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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